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CON PROTOCOLOS ESTRICTOS REGRESAN LOS EVENTOS AL AIRE LIBRE Y CON PÚBLICO

Por la Redacción de Arte y Cultura

3 de noviembre del 2020

Se llevarán adelante estrictos protocolos de prevención del Covid-19. De tal forma, la Ciudad podrá celebrar espectáculos culturales al aire libre con público y los espacios culturales podrán volver a programar en patios, terrazas y veredas.
Esta es la nueva apertura de la Ciudad y con el objetivo de reactivar la cultura se pone en funcionamiento con diferentes protocolos que están trabajando desde el Ministerio de Cultura de la Ciudad. Ahora se podrán realizar eventos con público al aire libre y en patios, calzadas, terrazas y veredas de espacios culturales.

El jefe de gabinete Felipe Miguel, sostuvo: "Después de varios meses de trabajo se aprobó el protocolo para que podamos asistir a un show musical, de danza o de teatro, porque disfrutar la cultura y vivir en persona un evento al aire libre es importante para la calidad de vida de los vecinos. Y también es una oportunidad para que los artistas puedan volver a trabajar, después de tantos meses que fueron muy duros. Gracias al compromiso de todos, avanzamos un paso más para seguir recuperando libertades y retomar nuestra vida".

Por su lado, el Ministro de Cultura de la Ciudad, Enrique Avogadro afirmó que: "Esto es parte del plan de apertura de actividades culturales. Tenemos en funcionamiento las galerías de arte, las librerías, los conciertos vía streaming, los museos para mantenimiento, y los autos eventos entre otros. El objetivo es que volvamos a encontrarnos con la cultura y que los artistas tengan la oportunidad de volver a trabajar".

LOS PROTOCOLOS AL AIRE LIBRE

El protocolo es de aplicación para todos los eventos culturales: La actividad teatral, shows musicales, artes escénicas, danza, performance, artes visuales, show culturales infantiles, espectáculos, circo y otras actividades asimilables a las nombradas que puedan realizarse respetando el mismo.

Es de aplicación para todos los eventos culturales con público hasta 100 personas al aire libre, en la medida en que se puedan garantizar una superficie de ocupación en espacio libre de 4m2 por persona, para el público y el personal propio o contratado que realice actividades durante el armado, desarrollo y desarme del evento en cuestión, a realizarse al aire libre.

El desarrollo de las actividades podrá ser en lugares de gestión privada, y/o pública, al aire libre, siempre que estén dadas las condiciones y cuenten con las autorizaciones y/o permisos correspondientes emitidos por las autoridades competentes.

ESPACIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD

Anfiteatros públicos
Parques y plazas
Calles y avenidas, siempre que no tengan de manera simultánea otro uso, tales como área gastronómica, running, ferias gastronómicas u otras actividades habilitadas en la pandemia, con el fin de evitar la aglomeración de público y que cuenten con 1.000 m2 como mínimo de espacio aire libre para el evento.

En cuanto a la organización en general, los eventos se deberán realizar fuera de los horarios pico de transporte a fin de evitar la aglomeración. O sea, desde las 18 horas, de lunes a viernes, y los sábados, domingos y feriados sin limitación horaria. Sin perjuicio de las tareas de armado y desarmado. Cada show deberá tener una duración inferior a 90 minutos, independientemente de los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar una jornada de más de un show, el plazo entre los mismos debe ser de 90 minutos.

Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de este protocolo, los interesados en desarrollar las actividades objeto de la presente, deberán notificar al Ministerio de Cultura al correo electrónico: Info@festivales.gob.ar con una antelación mínima de diez (10) días hábiles previo a la fecha de realización de la actividad, a través del formulario que se confeccionará a tal efecto, que tendrá carácter de Declaración Jurada.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Respecto a las medidas de seguridad sobre el escenario, el protocolo establece que la interacción en el mismo entre los artistas será de al menos de 2 metros de distancia con tapaboca y en caso que no puedan usarlo deberán guardar una distancia mayor a dos metros. No está permitido que la interacción con el público implique que el mismo suba al escenario. La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al coeficiente de ocupación de una persona cada 4 m2 en superficie descubierta o al aire libre.

Asimismo, el personal afectado para realizar las tareas que requiere el armado, desarrollo y desarmado del evento, deberá ser de una dotación mínima e indispensable, porque se deben respetar los distanciamientos obligatorios.

VENTA DE ENTRADAS

Venta de entradas y los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, deberán ser adquiridos con antelación a la función a través de medios digitales que deberán implementar los organizadores.
El control de entradas se realizará mediante un código QR o en la pantalla de un celular. En el caso de eventos gratuitos, se deberá reservar cupo previamente a través medios electrónicos.

Para evitar la congestión de personas y evitar que haya aglutinamiento, los puntos de entrada y salida en lo posible sean distintos
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intensificará los controles con personal suficiente e identificado para que se dé cumplimiento al presente protocolo.
Se hará control de temperatura a todos, se ofrecerá alcohol en gel o sanitizante todas las entradas.
Se recomienda contar con personal destinado a orientar y acomodar a los asistentes. Se requiere desinfección total del predio antes del comienzo del evento.

El público debe ser ubicado de manera individual o grupal ante un mismo grupo familiar conviviente, que no podrá ser superior a cuatro personas y que deben usar tapaboca, nariz y mentón. El índice de ocupación para determinar el máximo de público será de 1 persona cada 4 m2. La distribución del mismo podrá realizarse seleccionando alguna modalidad de distribución según: 

Demarcación en el suelo - Burbujas Sociales
Sillas o butacas distanciadas
Estructuras de división de espacios
Cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.

La distancia entre asistentes deberá ser de 2 metros y entre modalidades de como mínimo de 2 metros.
No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo.
Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. A tal fin, garantizar que la misma tenga corredores de sentido único.

El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular.
La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

En caso de que se ofrezca servicio de gastronomía, se deberá dar cumplimiento en todo lo no previsto por el presente al 
"Protocolo para el funcionamiento de locales gastronómicos (al aire libre) para prevención y manejo de casos de Covid-19".
El organizador deberá incluir en la memoria descriptiva o croquis del evento en donde se indique dónde y cómo se dispondrán la ubicación de los espacios gastronómicos en el predio.

Los stands, trailers, gazebos de venta de comida deben estar distanciados entre sí con una distancia mínima de 2 metros  y contar con barreras físicas y  en el sector de la caja.
El pedido de la comida se realizará por medios telefónicos, por whatsapp o mediante alguna aplicación de celular.
La entrega se notificará por este mismo medio de manera de evitar la movilización de gente en simultáneo y su consumo solo podrá realizarse dentro de un sector del área gastronómica que se destine exclusivamente a este fin.

SANITARIOS

Para la utilización de los sanitarios se deberá prever un sistema que permita organizar el desplazamiento de las personas hasta los baños, por ejemplo, solicitando permiso al personal encargado de acomodar al público levantando la mano.

PROTOCOLO PARA EVENTOS CULTURALES AL AIRE LIBRE

El objetivo de este protocolo es brindar pautas para que los titulares de los establecimientos habilitados o con habilitación en trámite, dedicadas a la actividad cultural puedan realizarlas de forma segura sobre la vereda, calzada, patios, terrazas y espacios públicos.

Podrán desarrollarse actividades artísticas de carácter musical, editorial, teatral, visual, audiovisual, de danza y aquellas en general vinculadas al arte del espectáculo, de creación e interpretación en los establecimientos o espacios cuya habilitación o permiso sea compatible con la actividad, que se encuentren inscriptos en alguno de los registros del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y previo cumplimiento de lo establecido por las áreas competentes respecto a la tramitación de permisos, seguros y toda aquella norma que sea aplicable al caso.

No podrá desarrollarse actividad alguna en los salones internos de los establecimientos para público general, los que deberán permanecer cerrados.

Deberán tratar de minimizar los cambios de vestuario. Cuando los artistas tengan que necesariamente realizarlos, deberán hacerlo en camarines o espacios que cumplan con el distanciamiento social, sin intervención del vestuarista, previa y posterior higiene de manos.
No se podrán compartir los maquillajes. Será de aplicación el siguiente protocolo: "Protocolo para el funcionamiento de peluquerías, manicura, pedicura, depilación y salones de estética para prevención y manejo de casos de Covid-19."

La manipulación de equipamiento técnico y cualquier otro elemento de trabajo deberán requerir la intervención de una cantidad mínima de personas. En aquellas situaciones en que se requiera mover equipamiento entre dos o más personas se deberá utilizar la máscara facial además del tapabocas.
Se deberá proceder a la limpieza y desinfección de todos los elementos (materiales técnicos, utilería y de escena) antes y después de cada ensayo o función.

Solo se podrá ingresar al establecimiento para acceder a los sanitarios y/o cuando las actividades culturales se desarrollen en la terraza o patio del establecimiento y este no cuenta con un acceso directo a dichos espacios desde el exterior.
Para ingresar el protocolo establece generar, en la medida de lo posible, un sólo sentido de circulación, disponiendo un área de ingreso y otra de egreso principal y a los distintos sectores del establecimiento, evitando el cruce entre personas y reduciendo la proximidad entre las mismas.

En el caso de que el espacio cultural brinde oferta gastronómica y quiera hacer uso de la misma, se deberá respetar el protocolo "Protocolo para el funcionamiento de locales gastronómicos (al aire libre) para prevención y manejo de casos de Covid-19".

En el caso de disponer al público alrededor de mesas la distancia entre las mesas deberá ser como mínimo de 2 metros y la distancia, entre los asistentes en cada mesa deberá ser de 2 metros. Las mesas deberán ser como máximo para una capacidad de cuatro (4) personas y las superficies deberán desinfectarse luego de que se retire cada persona y previo a que se siente una nueva. En caso de disponer al público sentado en sillas sin mesas estas pueden disponerse de manera individual o en tándem de un máximo de cuatro (4) sillas. La distancia entre cada silla o tándem de sillas debe ser de un mínimo de 2 m. Las sillas y superficies deberán desinfectarse luego de que se retire cada persona y previo a que se siente una nueva.

Se recomienda el uso de medios de pago electrónicos. En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto las tarjetas como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol. En la medida de lo posible, se recomienda usar mamparas o pantallas en las cajas de cobro que aseguren la protección de vendedor/cliente.

 

PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESPACIOS CULTURALES AL AIRE LIBRE

En todos los casos respecto del uso del transporte público, conforme lo dispuesto por el DNU N° 714/APN/2020, los artistas deberán movilizarse al lugar por cuenta propia mediante la contratación de los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, de vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, o acudir al uso de vehículos propios, siempre que se transporte a un solo pasajero por vez.

En todos los casos es obligatorio el uso de tapabocas, mentón y nariz. Salvo en los momentos determinados por los protocolos.

En todos los casos están desafectados del deber de asistencia al lugar de trabajo de acuerdo a lo establecido en la Resolución nacional N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo, las personas incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, o adolescentes.

En todos los casos, los elementos básicos de protección contra el coronavirus deben ser provistos por el empleador.

 

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